Caducidad de la sanción de Hacienda

La caducidad de la sanción de Hacienda es uno de los aspectos más importantes —y a la vez más desconocidos— del derecho tributario.

Lo que muchos contribuyentes no saben es que Hacienda no puede sancionar cuando quiera ni como quiera. Existen plazos legales muy concretos y, si se incumplen, la sanción puede quedar anulada por caducidad.

En este artículo explicamos de forma clara cuándo caduca una sanción de Hacienda, qué plazos se aplican en 2026 y cómo detectar si un expediente sancionador es inválido.

¿Qué es la caducidad de una sanción de Hacienda?

La caducidad de la sanción de Hacienda se produce cuando la Administración inicia el procedimiento sancionador fuera del plazo legal establecido. En ese caso, pierde definitivamente el derecho a imponer la multa.

Es importante no confundir la caducidad con la prescripción. La caducidad afecta al procedimiento sancionador concreto, mientras que la prescripción se refiere al paso del tiempo desde la infracción.

¿Cuánto tiempo tiene Hacienda para iniciar una sanción?

Para determinar si existe caducidad, el primer paso es analizar el plazo para iniciar el expediente sancionador desde la notificación de la liquidación tributaria.

Este punto es clave en muchas revisiones realizadas por una asesoría fiscal especializada, ya que un error en el cómputo del plazo invalida todo el procedimiento.

Plazo de 3 o 6 meses para sancionar: diferencias clave

Plazo de 3 meses (régimen anterior)

Antes de la entrada en vigor de la Ley 11/2021, Hacienda disponía de 3 meses para iniciar el procedimiento sancionador desde la notificación de la liquidación.

Si ese plazo se superaba sin notificación del inicio del expediente, se producía la caducidad automática de la sanción.

Plazo de 6 meses tras la Ley 11/2021

Desde la Ley 11/2021, el plazo general para iniciar el procedimiento sancionador pasó a ser de 6 meses. Este plazo no puede aplicarse de forma retroactiva si perjudica al contribuyente.

Caducidad de la sanción de Hacienda y retroactividad: criterio del TEAC en 2025

No se puede aplicar el plazo de 6 meses a infracciones antiguas

El TEAC, en su resolución de 17 de julio de 2025, ha aclarado que no puede aplicarse el plazo ampliado de 6 meses a infracciones cometidas antes del 11 de julio de 2021.

En estos casos, sigue siendo aplicable el plazo de 3 meses, aunque la liquidación o la sanción se notifiquen años después.

Ejemplo práctico de sanción caducada

Si la infracción se cometió antes de julio de 2021 y Hacienda inicia el expediente sancionador transcurridos más de 3 meses desde la liquidación, la sanción está caducada y debe anularse.

Este es uno de los errores más habituales que se detectan al revisar expedientes desde una asesoría fiscal en Mallorca con experiencia en procedimientos sancionadores.

¿Qué pasa si Hacienda inicia la sanción fuera de plazo?

Efectos de la caducidad del procedimiento sancionador

Cuando se produce la caducidad de la sanción de Hacienda, las consecuencias son claras:

  • Hacienda pierde el derecho a sancionar.
  • No puede iniciarse un nuevo procedimiento sancionador.
  • La sanción queda anulada aunque la infracción no haya prescrito.

Todo ello está regulado en el artículo 211.4 de la Ley General Tributaria.

Duración máxima del procedimiento sancionador

Plazo para resolver una sanción de Hacienda

Una vez iniciado correctamente, el procedimiento sancionador tiene una duración máxima de 6 meses, contados desde la notificación del inicio hasta la notificación de la resolución final.

Importancia de las notificaciones electrónicas

Para cumplir los plazos, Hacienda solo necesita intentar una notificación válida o ponerla a disposición en la Sede Electrónica. No es necesario que el contribuyente acceda a ella para que el plazo se considere cumplido.

Fases del procedimiento sancionador y plazos para alegar

Inicio del expediente sancionador

En la fase de inicio, Hacienda comunica la apertura del procedimiento y, en muchos casos, incluye directamente la propuesta de sanción. El plazo para alegar es de 15 días.

Propuesta de resolución y alegaciones finales

Si no se formula propuesta al inicio, el instructor emitirá posteriormente una propuesta motivada. De nuevo, el contribuyente dispone de 15 días para presentar alegaciones antes de la resolución definitiva.

Conclusión: revisar la caducidad puede anular una sanción de Hacienda

En numerosos expedientes, la clave no está en el importe ni en la infracción, sino en la caducidad de la sanción de Hacienda por incumplimiento de los plazos legales.

Revisar correctamente el calendario puede suponer la anulación total de la multa, sin necesidad de entrar en discusiones complejas sobre el fondo del asunto.

Asesoría fiscal experta en Mallorca para revisar sanciones de Hacienda

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